MOQUEGUA | "ALQUILER ARREGLADO" DE LOCAL DE MORGUE EN CHEN CHEN, GENERÓ CONDENA DE 8 AÑOS.

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Periódico El Rotativo: 13-08-2026.- A través de adelanto de fallo del 11 de agosto de 2026, tres funcionarios del Ministerio Público pertenecientes a la División Médico Legal de Moquegua, recibieron ocho años de pena efectiva por el delito de colusión agravada previsto en el Artículo 384 del Código Penal, cuyos hechos recaen en el alquiler direccionado de un inmueble para la morgue en el centro poblado de Chen Chen, entre 2017 y 2018.

Se trata de Luis Erick Valencia Ávalos (Exjefe de la División Médico Legal de Moquegua), Juan José Quevedo Paz (Ex-administrador del Distrito Fiscal de Moquegua) y Fabiola del Carmen López Herrera (Servidora de Medicina Legal).

Además de la pena efectiva, el juez penal unipersonal de Mariscal Nieto, Claudio Washington Altamirano Bellido, fijó en 241 mil soles la reparación civil que deberán pagar los sentenciados, disponiendo que la sentencia se ejecute una vez consentida o luego del pronunciamiento de la Sala Penal de Apelaciones de Moquegua.

VALENCIA ÁVALOS

Luis Erick Valencia Ávalos, quien como jefe de la División Médico Legal de Moquegua (área usuaria) formó parte de la Comisión de Arrendamiento, habría planificado con Fabiola López la compra del predio de la Manzana A, Lote 09, Sector A-2 de Chen Chen, para luego alquilarlo de manera direccionada e irregular al Ministerio Público para el funcionamiento de la morgue, por 9 mol 900 soles mensuales.

QUEVEDO PAZ

El administrador del Distrito Fiscal de Moquegua, Juan José Quevedo Paz Quevedo, integrante de la Comisión de Arrendamiento, en contubernio con los otros dos sentenciados, habría intervenido en la tramitación administrativa, generación de documentos y ejecución del irregular contrato de arrendamiento por 356 mil 400 soles, correspondientes a 36 meses de alquiler (9 mil 900 soles mensuales).

FABIOLA LÓPEZ

Fabiola del Carmen López Herrera, quien durante el tiempo que ocurrieron los hechos trabajaba como auxiliar administrativa del Distrito Fiscal, desempeñándose en Medicina Legal, fue sentenciada como cómplice primaria del delito de colusión agravada.

EN LA SEGUNDA

FUE LA VENCIDA

En diciembre de 2024, Valencia, Quevedo y López fueron condenados a cuatro años, ocho meses y un día de pena efectiva, por el delito de negociación incompatible, aunque la acusación fiscal imputaba el delito de colusión agravada.

Ante la apelación del Ministerio Público, la Sala Penal de Apelaciones de Moquegua, tomando en cuenta la inadvertida modificación de la calificación jurídica, declaró la nulidad del fallo de primera instancia, ordenando la realización de nuevo juicio oral por el delito de colusión agravada y con otro juez penal unipersonal.

DETENIDO Y CONDENADO

Como si el adelanto de fallo por el "caso de la morgue" no fuera suficiente, la mañana del 07 de agosto de 2026, en el marco de la investigación que se le sigue por el presunto delito de cohecho activo específico, fue detenido Luis Erick Valencia Ávalos, en condición de director del Hospital II de EsSalud Ilo, habiéndose allanado tres inmuebles.

Según la tesis fiscal, Valencia Ávalos habría pedido 16 mil dólares a una postulante del Proceso de Selección P.S. N° 005-PVA-RAMOQ-2026, para favorecerla en la obtención de una plaza a plazo indeterminado como técnica de enfermería II en el Hospital II EsSalud Ilo, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 728.

Por los hechos descritos, acogiéndose al principio de oportunidad (reconociendo los hechos), últimamente el exdirector del Hospital II de EsSalud Ilo recibió cinco años de pena privativa convertida en prestación de servicios a la comunidad, debiendo para 7 mil soles como reparación civil y cumplir cuatro años y dos meses de inhabilitación