El alcalde distrital de Ichuña, Jesús Natividad Ventura Bautista, fue condenado como autor del delito de agresiones contra las mujeres o integrantes del grupo familiar, conforme al artículo 122-B del Código Penal.
De acuerdo con el fallo judicial, la sentencia fue emitida en agravio de Aosta Aurelia Venegas Cari, disponiéndose contra la autoridad edil una pena efectiva de un año y ocho meses de pena privativa de libertad, la misma que fue convertida a 86 jornadas de prestación de servicios a la comunidad.
Asimismo, el juzgado impuso la inhabilitación por el mismo periodo, conforme al artículo 36, numeral 11 del Código Penal, que establece la prohibición de aproximarse a la agraviada con fines de agresión.
La resolución también dispone que Ventura Bautista deberá constituirse, dentro del plazo de 24 horas de notificada la sentencia, ante la Dirección de Medio Libre del Instituto Nacional Penitenciario —INPE— o sus órganos desconcentrados, a fin de cumplir con las jornadas impuestas.
El fallo advierte que, en caso de incumplimiento, podría revocarse la conversión de la pena, una vez que la sentencia quede consentida o firme.
Además, se fijó por concepto de reparación civil la suma de S/ 2,420, monto que deberá ser cancelado por el sentenciado a favor de la agraviada mediante depósito judicial electrónico en el juzgado correspondiente.
Finalmente, se dispuso que, una vez consentida o ejecutoriada la sentencia, se remitan los testimonios a las autoridades competentes y se elabore el boletín de condenas para su inscripción en el registro respectivo.
Este caso genera cuestionamientos por tratarse de una autoridad municipal en funciones, por lo que corresponderá conocer si la sentencia queda consentida o si la defensa presentará los recursos que la ley permite.
