Periódico El Rotativo: 16-09-2025.- Ante el contundente rechazo ciudadano, las bancadas legislativas que sostienen al gobierno de Dina Boluarte, retroceden y cuestionan Ley 32123 y su Reglamento, norma que ellos mismos habían respaldado con su voto en 2024.
HISTORIA RESUMIDA
En mayo y junio de 2024, en el Congreso se votó a favor de la reforma de pensiones y la Ley 32123, siendo Fuerza Popular la principal impulsora de esta norma, con el respaldo de Alianza para el Progreso y Renovación Popular.
El 05 de septiembre de 2025, el gobierno de Dina Ercilia Boluarte Zegarra promulgó la Ley 32123 con el Reglamento de la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano, norma enviada por el Parlamento al Poder Ejecutivo.
Ante el creciente rechazo popular a la norma y los anuncios de marchas en diferentes partes del país, Fuerza Popular, Alianza para el Progreso y Renovación Popular emitieron comunicados rechazando lo que en su momento respaldaron con sus votos.
PUNTOS FLACOS DE LA LEY
1) Los trabajadores independientes que perciban ingresos (a través de recibos por honorarios) y se encuentren afiliados al sistema de pensiones deberán aportar de manera obligatoria una tasa de 2 hasta 5 por ciento.
2) Para acceder a una pensión adelantada será desde los 55 años.
3) Los ciudadanos desde los 18 años deberán afiliarse al Sistema Nacional de Pensiones (ONP) o al Sistema Privado de Pensiones (AFP).
4) En caso no se afilien, formarán parte de la SPP.
5) Las personas que tengan 40 años o más solo podrán retirar de sus fondos de pensiones hasta el 95.5%.
6) La pensión mínima para los afiliados al SNP asciende a S/600.
7) La pensión de jubilación proporcional especial por haber cotizado desde 10 años de aportes, pero menos de 15 años de aportes, será de S/300.
La pensión de jubilación proporcional especial por haber cotizado desde 15 años de aportes, pero menos de 20 años de aportes, será de S/ 400.
FOTO: REPÚBLICA.
