Periódico El Rotativo: 23-06-2026.- Mediante Resolución 00794-2026-JEE-MNIE/JNE, el Jurado Electoral Especial de Mariscal Nieto declaró inadmisible la solicitud de inscripción de la lista de candidatos para la Municipalidad Distrital de Samegua, presentada por Ciro Emir Melo Avalos, personero legal titular de Alianza para el Progreso, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2026.
El documento le concede el plazo de dos días calendario, a fin de subsanar las observaciones advertidas, bajo apercibimiento de declarar la improcedencia de la solicitud de inscripción de la lista o del candidato, según corresponda; desconociéndose si la organización política subsanó (o no) el impase.
DATO PREVIO
El 12 de junio de 2026, se solicitó la inscripción de la lista de candidatos a la Municipalidad Distrital de Samegua por Alianza Para el Progreso; sin embargo, luego de su calificación preliminar, se advirtió observaciones sobre el cumplimiento de los requisitos previstos en el artículo 30 del Reglamento y demás normativa electoral.
SOBRE RENSO QUIROZ
Sobre el candidato a alcalde, Prof. Renso Milthon Florencio Quiroz Vargas, aparte del tema domiciliario, menciona que tiene dos sentencias penales firmes cumplidas (una por peculado de uso y otra por nombramiento y aceptación indebida de cargo), habiendo sido rehabilitado.
Para el JEE, aun existiendo pronunciamientos del Tribunal Constitucional, el impedimento previsto en el artículo 8 numeral 8.1 literal h de la Ley 26864 modificada por el artículo 3 de la Ley 30717 por el delito de peculado estaría plenamente vigente y exigible.
Por un lado, señala textualmente: “en el caso específico del candidato Renso Milthon Florencio Quiroz Vargas, teniendo en consideración la sentencia emitida por TC, dicho candidato no estaría incurso en el impedimento previsto en el artículo 8 numeral 8.1 literal h de la Ley 26864 modificada por el artículo 3 de la Ley 30717, y por tanto, no corresponde declarar improcedente su solicitud de inscripción como candidato a las elecciones municipales 2026”.
En el párrafo siguiente, señala: “Por otra parte, resulta necesario precisar que ello no implica la inaplicación general del referido impedimento, sino que en este caso específico se tiene una sentencia referida al candidato respecto del impedimento antes señalado, contemplado en el previsto en el artículo 8 numeral 8.1 literal h de la Ley 26864 modificada por el artículo 3 de la Ley 30717, que no ha sido declarado inconstitucional por el Tribunal Constitucional, pues en la resolución del expediente 00015-2018-PI/TC y 00024-2018-PI/TC, el Tribunal Constitucional no alcanzó el número requerido para dicha declaratoria. Asimismo, en el Expediente 000052020PI/TC, el TC no ha declarado la inconstitucionalidad del impedimento electoral aplicable a delitos de corrupción de funcionarios, limitando su pronunciamiento a supuestos específicos vinculados a delitos de terrorismo. POR TANTO, el impedimento por delito de peculado se encuentra plenamente vigente y exigible.
SOBRE LOS 5 REGIDORES
Respecto a los candidatos a regidores distritales Freddy Vizcarra Ticona, Juana Raquel Monserrate Flores, Diego Alejandro Amézquita Rioja, Stefany Celia Vilca Chayña, Giovanni Ccallizana Choquehuanca, se cuestiona los dos últimos años de residencia continua, cumplidos hasta la fecha límite para la presentación de la solicitud de inscripción de listas de candidatos (19 de junio de 2026).
HABLA RENSO
Sobre el caso, el Prof. Renso Quiroz Vargas, tras sostener que no le observaron el impedimento para postular (sino el tema de la residencia domiciliaria continua de dos años en el distrito de Samegua), precisó que el 20 de junio de 2026 fueron subsanadas las observaciones a través del personero legal; estando solo a la espera del pronunciamiento definitivo del Jurado Electoral Especial de Mariscal Nieto.
¿QUÉ PUEDE PASAR?
Si se mantuviera el criterio del JEE (impedimento por delito de peculado se encuentra plenamente vigente y exigible), ¿significaría que todos los candidatos municipales y regionales rehabilitados tras cumplir sus condenas cumplidas por peculado y otros delitos dolosos podrían estar en serios problemas?
