OFICIALIZAN MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PENAL PARA ENDURECER SANCIONES CONTRA LA MINERÍA ILEGAL

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El Poder Ejecutivo oficializó el Decreto Legislativo N.° 1695, que modifica el Código Penal con el objetivo de reforzar la lucha contra la minería ilegal, fortaleciendo las acciones de prevención, investigación y sanción de este delito en el país.

La norma, publicada este martes 20 de enero en el Diario Oficial El Peruano, modifica los artículos 307-A, 307-E y 307-F, e incorpora el artículo 307-G, estableciendo que el delito de minería ilegal será sancionado con penas de entre seis y nueve años de prisión, además de 100 a 600 días-multa.

Asimismo, se dispone que la misma sanción se aplicará a quienes incurran en el tráfico ilícito de insumos químicos, maquinaria o recursos minerales vinculados a la minería ilegal, incluyendo aquellos que provengan de actividades fuera del proceso de formalización minera o sin autorizaciones administrativas.

Finalmente, el nuevo artículo 307-G incorpora la pena de inhabilitación para obtener concesiones mineras por el mismo periodo de la condena principal, como medida adicional para frenar estas actividades ilícitas. La norma lleva la firma del presidente José Jerí, con el refrendo del presidente del Consejo de Ministros y los ministros del Interior y de Justicia y Derechos Humanos.