A pocos días de la segunda elección presidencial, el Gobierno publicó el Decreto Supremo N.º 007-2026-TR, mediante el cual se establecen medidas laborales para garantizar la participación ciudadana en los comicios programados para este domingo 7 de junio de 2026**.
La norma alcanza a trabajadores del sector público y privado que cumplirán funciones como miembros de mesa, así como a ciudadanos que laboran en una localidad distinta a su lugar de votación o que tienen jornada laboral el mismo día de las elecciones.
Según el decreto, los ciudadanos designados como miembros de mesa por sorteo, que hayan completado su capacitación y cumplan efectivamente con esta función, accederán al beneficio establecido en la Ley Orgánica de Elecciones: un día de descanso remunerado no compensable, que deberá hacerse efectivo dentro de los 90 días posteriores a la elección, previo acuerdo con su empleador.
En tanto, los miembros de mesa que no hayan completado la capacitación, pero cumplan con la función electoral, así como los ciudadanos que sean seleccionados el mismo día entre los electores presentes por ausencia de titulares o suplentes, recibirán un día de descanso remunerado compensable, a gozarse el lunes 8 de junio de 2026. Las horas dejadas de laborar deberán ser compensadas en los diez días calendario posteriores o en la oportunidad que establezca el empleador.
Asimismo, los trabajadores que prestan servicios en una zona geográfica distinta a su lugar de votación estarán facultados a no laborar los días viernes 5, sábado 6, domingo 7 y lunes 8 de junio de 2026, siempre que acrediten haber ejercido su derecho al voto. En estos casos, los días laborables estarán sujetos a compensación.
La norma también establece que los trabajadores cuya jornada coincida con el domingo 7 de junio tendrán derecho a periodos de tolerancia, sujetos a compensación, para poder acudir a votar. Si además cumplen funciones como miembros de mesa, podrán no laborar durante ese día.
El Certificado de Participación entregado por la ONPE servirá como documento válido para acreditar que el ciudadano cumplió funciones como miembro de mesa y acceder a las medidas laborales correspondientes.
Con estas disposiciones, el Ejecutivo busca facilitar la participación de la ciudadanía en la segunda elección presidencial y evitar que las obligaciones laborales se conviertan en un impedimento para ejercer el derecho al voto.
