MOQUEGUA | TACNEÑOS VENGATIVOS QUIEREN MATAR DE SED AL PUEBLO DE ILO.

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Periódico El Rotativo: 02-06-2026.- Por cerrar la captación de agua podrían terminar guardados en el penal. Aproximadamente 250 comuneros tacneños de Santa Cruz, Coraguaya, Vilalaca, Cambaya y Coralaque, cerraron el punto de captación del río Locumba, dejando sin agua potable a la provincia de Ilo, cobrando venganza con Moquegua.

La extrema acción de protesta surge frente a la reciente observación de la autógrafa correspondiente al Proyecto de Ley 11658 referida al saneamiento de tramos de la provincia de Jorge Basadre y algunos de sus distritos, en la región Tacna.

La fiscal provincial mixta de Jorge Basadre, Elizabeth Elena Quispe Torres, 28 efectivos policiales y funcionarios de la EPS Ilo llegaron hasta el punto de captación de agua para Ilo, ubicado en el distrito de Ite, con el objetivo de garantizar la continuidad del servicio de agua, sin lograr el objetivo de fondo.

ACCIONES LEGALES

Desde la región Moquegua, la gobernadora regional, Abog. Gilia Ninfa Gutiérrez Ayala, anunció acciones penales contra los autores intelectuales y materiales del bloqueo de la bocatoma ubicada en el río Locumba, infraestructura que abastece de agua para consumo humano en el puerto de Ilo.

AGUA DE PASTO GRANDE

Para que el puerto de Ilo no muera de sed, desde el Proyecto Especial Regional Pasto Grande se dispuso soltar más recurso hídrico para atenuar los efectos del corte de agua, previa coordinación con los representantes de la EPS-Ilo.

PODRÍAN IR PRESOS

Como están impidiendo el normal funcionamiento de los servicios de saneamiento (agua potable), los comuneros tacneños podrían ser reprimidos hasta con 6 años de cárcel, por el delito de entorpecimiento al funcionamiento de servicios públicos, previsto en el artículo 283 del Código Penal; pudiendo llegar hasta ocho años de prisión si el cierre del agua causa lesiones graves, afecta la integridad física de las personas o daña gravemente la propiedad.

Si el cierre del agua va acompañado de protestas violentas o daño a la infraestructura, los comuneros responsables también podrían recibir hasta 12 años de cárcel por atentar contra la seguridad pública y disturbios (artículo 315 del CP).

ACCIÓN DE AMPARO

Como el agua potable es un derecho universal de máxima prioridad, en este caso correspondería a la parte afectada interponer una acción de amparo ante el Poder Judicial, considerando que se trata de un acto arbitrario que vulnera el derecho al agua potable, afectando de forma directa la salud, la vida y la dignidad de los usuarios.