A través de la Ley 32269, publicada en sábado 22 de marzo de 2025 en el diario El Peruano, el Congreso modificó el artículo 12 de la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley 27972), precisando el régimen de pago de dietas de los regidores distritales y provinciales.
Según la norma, los regidores recibirán como dieta el 30 % de la remuneración mensual del alcalde, pagado únicamente por asistencia efectiva a las sesiones; monto reajustado automáticamente si varía la remuneración del alcalde, con la obligatoria publicación.
Además, de autorizar a los concejos municipales a fijar, por única vez y en un plazo de 90 días el monto de las dietas para el periodo de mandato vigente, prohíbe realizar pagos por dietas devengadas antes de la entrada en vigor de esta ley.
*FUENTE: Periódico El Rotativo
