INDECOPI ADVIERTE MULTAS DE HASTA S/ 2.4 MILLONES A COLEGIOS QUE IMPONGAN MARCAS DE ÚTILES O UNIFORMES

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A pocas semanas del inicio del Año Escolar 2026, el Indecopi recordó que los colegios privados no pueden obligar a los padres a comprar uniformes, útiles o materiales en tiendas específicas ni bajo marcas determinadas. Las instituciones que incumplan el Código de Protección y Defensa del Consumidor se exponen a multas de hasta 450 UIT, equivalentes a más de S/ 2.4 millones.

La entidad precisó que tampoco se pueden incluir en la lista de útiles productos que no estén directamente vinculados al aprendizaje, como artículos de limpieza o materiales de uso exclusivo del docente. Además, está prohibido exigir la entrega total de útiles el primer día de clases; los padres tienen un plazo mínimo de 30 días calendario para completar la entrega de manera gradual.

En relación con los textos escolares, los colegios no pueden obligar a comprar libros nuevos o de un solo uso, salvo los cuadernos de trabajo.

Asimismo, los padres tienen derecho a participar en la elección de los textos cuando la institución decida realizar cambios. En el caso de los uniformes, pueden adquirirlos en el proveedor de su preferencia.

Indecopi también advirtió que son ilegales los cobros por bingos, rifas o “cuotas voluntarias” que condicionen la matrícula o el ingreso a clases. Además, ante casos de morosidad, los colegios no pueden retener libretas de notas, impedir evaluaciones ni bloquear el acceso a plataformas virtuales.

Entre 2021 y 2025, el organismo impuso 647 sanciones a proveedores educativos, acumulando más de 1100 UIT en multas. Los padres que detecten irregularidades pueden presentar reclamos de manera virtual, presencial o incluso anónima a través de las líneas habilitadas por la entidad.