Minera sin corazón habría comprado terreno de Charaque a una comunidad ilegal
Periódico El Rotativo.- Basado en resoluciones emitidas por la Sala Corporativa Especializada en lo Contencioso Administrativo de Lima y la Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema, el poblador Román Felipe Cabana Peñaloza busca revertir su condena y lograr su excarcelación a través de una acción de amparo.Se trata de uno de los cinco humildes ganaderos que entre 2021 y 2022 recibieron cinco años de pena efectiva por el delito de usurpación agravada, en agravio de la poderosa empresa minera Anglo American, por haber ingresado a un área de 360 metros cuadrados ubicados en pampa “Charaque”.LA DEMANDA DE SOUTHERN PERÚEn 1997, Southern Perú demandó la nulidad de la Resolución 174-90- UAD-IX-MOQ del 10 de octubre de 1990 sobre el procedimiento de deslinde y titulación de la Comunidad de Tumilaca, Pocata, Coscore y Tala del territorio que ocupa la concesión minera de Cuajone.El 24 de noviembre de 1997, el Primer Juzgado Corporativo Contencisoso Administrativo de Lima, con Resolución 036, declara infundada la excepción de incompetencia formulada por la comunidad campesina e igualmente infundada la demanda de la empresa minera.Ante la apelación de Southern, la Sala Corporativa Especializada en lo Contencioso Administrativo de Lima revoca la sentencia de primera instancia y reformándola la declara fundada en parte, declarando (en consecuencia) nula y sin efecto legal la Resolución 174-90- UAD-IX-MOQ., así como nulas y sin efecto las actas de colindancia levantadas a las áreas concedidas a la demandante.Frente a los recursos de casación interpuestos por el Ministerio de Agricultura y la comunidad, el 23 de enero de 2002, la Sala de Derecho Constitucional y Social de la Corte Suprema, emite la Casación 1955-2001 declarando improcedentes ambos recursos, condenando a cada recurrente el pago de 3 unidades de referencia procesal, disponiendo que la comunidad pague las costas y costos generados. 2 APUNTES DE INTERÉS1) Si la Resolución 174-90-UAD-IX-MOQ. emitida por Agricultura, fue declarada nula y sin efecto, al igual que las actas de colindancia, ¿significa que no hubo inscripción sobre procedimiento administrativo regulado por la Ley 24657 en los Registros Públicos a favor de la comunidad campesina?2) Si el trámite de deslinde y titulación comunal, sin resultados, se venía llevando en 1997, con qué legalidad y en base a qué amparo registral la Comunidad Campesina de Tumilaca, Pocata, Coscore y Tala le vendió en 1995 (dos años antes) los terrenos a Anglo American Quellaveco S.A.ALEGATOSSegún el demandante, en la escritura de compra-venta extendida a favor de Anglo American el 29 de diciembre de 1995 no consta el título de la comunidad vendedora, señalando solo actas de colindancia y una ficha que no corresponde, dado que no existe resolución del trámite de deslinde y titulación.Indica que, en la escritura del 31 de diciembre de 2008 correspondiente a la segunda venta que hace la comunidad a Anglo American también menciona la ficha 022, la misma que no corresponde.Afirma que ha sido injustamente sentenciado, violando sus derechos constitucionales, sin considerar que la empresa denunciante está defendiendo terrenos comprados irregularmente de una comunidad que carece de legalidad para vender.ASÍ LOS CONDENARONEn junio de 2021, el juez del Segundo Juzgado Unipersonal Penal de Mariscal Nieto, dictó cinco años de pena efectiva contra Román Felipe Cabana Peñaloza, Dina Aurelia Cabana Peñaloza, Isabel Catalina Flores Mamani, Jova Guevara Alejo y Serapio Lucio Cueva Pari, como coautores del delito de usurpación agravada, en agravio de Anglo American.Según la sentencia, el 06 de agosto de 2018, los sentenciados ingresaron al terreno de Anglo ubicado en Pampa Charaque, llevando ganado caprino, instalando un toldo, cercos, cobertizos y corrales, ocupando un área de 360 metros cuadrados, aduciendo que eran propietarios del predio.En febrero de 2022, la Sala Penal de Apelaciones de Moquegua, confirmó la sentencia de primera instancia, revocó el extremo que fija la reparación civil y ordenó la captura de los sentenciados y su internamiento en el penal.El 25 de marzo de 2022, la agricultora Isabel Catalina Flores Mamani, es internada en el penal de Samegua, al igual que otros, desde donde claman justicia, sosteniendo que los jueces moqueguanos los encarcelaron solo por ejercer legítima defensa de su propiedad frente al abuso del poder minero.COMPRAS DE 1929El demandante señala que las dos quintas partes de los pastales de “Altos de Coscore” fueron adquiridas por 132 compradores en 1929 a don Juan Pablo Fernández Gutiérrez, compra inscrita en los Registros Públicos de Moquegua en 1931, ocurriendo lo propio con las tres quintas partes adquiridas a don Sebastián Barrios.
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